Alcaldes
podrían ser sancionados por no tener planes de contingencia por no tener
planes de contingencia frente al fenómeno del Niño
Los alcaldes que no
hayan cumplido con la conformación o reactivación de los comités de emergencia
para enfrentar la temporada de sequía y garantizar el abastecimiento de agua
para el consumo humano, podrían ser sancionados por la Superintendencia de Servicios
Públicos Domiciliarios.
Los municipios deben
cumplir con la resolución No. 154 de 2014, emanada del ministerio de Vivienda,
Ciudad y Territorio, que establece los lineamientos generales para adoptar los
planes de emergencia y contingencia asociados a la prestación de los servicios
públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
Los planes deben
contener una preparación de la respuesta al evento de escasez de agua,
como sería la formulación del plan de contingencia teniendo en cuenta las
condiciones específica de cada sistema de acueducto, a través de acciones como
la implementación de la sectorización del municipio en caso de
racionamiento de agua, campañas de sensibilización de ahorro y uso eficiente
del agua, fuentes alternas, almacenamientos de agua temporales,
equipos de transporte de agua en caso necesario, entre otras actividades.
En el Tolima, según
estimativos a la fecha, solo el 30 por ciento de las alcaldías y empresas de
servicios públicos, cuentan con un verdadero plan de emergencia y se espera que
en los próximo días, las autoridades municipales atiendan los insistentes
llamados que han formulados las diferentes entidades del orden nacional y
departamental con miras a enfrentar el fenómeno de El Niño.