2 de octubre de 2015

Alcaldes podrían ser sancionados por no tener planes de contingencia por no tener planes de contingencia frente al fenómeno del Niño

Los alcaldes que no hayan cumplido con la conformación o reactivación de los comités de emergencia para enfrentar la temporada de sequía y garantizar el abastecimiento de agua para el consumo humano, podrían ser sancionados por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Los municipios deben cumplir con la resolución No. 154 de 2014, emanada del ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, que establece los lineamientos generales para adoptar los planes de emergencia y contingencia asociados a la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.

Los planes deben contener una preparación de la respuesta al evento de escasez de agua,  como sería la formulación del plan de contingencia teniendo en cuenta las condiciones específica de cada sistema de acueducto, a través de acciones como la implementación de la sectorización del municipio en  caso de racionamiento de agua, campañas de sensibilización de ahorro y uso eficiente del agua,  fuentes alternas, almacenamientos de agua temporales,  equipos de transporte de agua en caso necesario, entre otras actividades.


En el Tolima, según estimativos a la fecha, solo el 30 por ciento de las alcaldías y empresas de servicios públicos, cuentan con un verdadero plan de emergencia y se espera que en los próximo días, las autoridades municipales atiendan los insistentes llamados que han formulados las diferentes entidades del orden nacional y departamental con miras a enfrentar el fenómeno de El Niño.